lunes, enero 13, 2025

Juez ordena suspensión definitiva del “decreto” de AMLO para eludir permisos para sus proyectos

El proceso legal contra el acuerdo emitido en noviembre por el presidente aún debe revisarse y resolverse si el gobierno federal promueve un recurso de revisión.

El Juzgado Décimo Séptimo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México ordenó la suspensión definitiva del llamado “decreto” del presidente Andrés Manuel López Obrador, por lo que, en materia de transparencia, las dependencias gubernamentales no podrán reservar información con el argumento de que sus mega obras son de “interés público y seguridad nacional”.

El recurso de casación fue tramitado por la Asociación Civil Consejo Nacional de Litigio Estratégico (CNLE), a lo que accedió la jueza Celina Angélica Quintero, concedió la suspensión definitiva solicitada, y además reconoció personalidad jurídica para la tramitación del amparo promovido.

Con la decisión del juez, las dependencias gubernamentales no podrán negar el acceso a la información pública que les sea solicitada sobre las mega obras del gobierno federal ni reservarlas por ser de “seguridad nacional”.

“Este auto judicial complementa la resolución de diciembre pasado emitida en el mismo sentido a favor del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI), pero ahora como resultado de un juicio de amparo promovido desde las trincheras Ciudadano”, celebró el CNLE.

Al dar entrada a la Controversia INAI, con el número 217/2021, el pasado 14 de diciembre la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó la suspensión, con la que inicialmente se impedía al gobierno federal reservarse la información sobre las mega obras .

Con lo resuelto por el juez al admitir el amparo 1833/2021, se ratificó esa decisión, pero ahora para proteger a una organización de la sociedad civil.

El juez “consideró que nuestro Consejo está facultado para emprender acciones de litigio estratégico a favor del estado de derecho, lo cual es valioso para la misión de esta organización de la sociedad civil”, felicitó a la organización, que preside el empresario Gustavo de Hoyos Walther, también líder de la organización opositora Si por México.

“De lo anterior, se puede deducir que el acuerdo reclamado sí tiene una trascendencia en el objeto de la asociación civil, dado que al considerar los proyectos y obras del Gobierno Federal como seguridad nacional, se traduce en una limitación en el acceso a la información. . vinculados a estas obras y proyectos”, acordó el tribunal.

¿Qué es el “decreto” de AMLO?

En rigor, no es un decreto, sino un convenio emitida por el presidente el 22 de noviembre y publicada el mismo día en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para su inmediata entrada en vigor, en la que se declaró “de interés público y seguridad nacional la ejecución de proyectos y obras a cargo de el Gobierno de México”.

Pero en el documento, prácticamente todas las ramas estaban incluidas en esta clasificación: “infraestructura de las comunicaciones, telecomunicaciones, aduaneras, fronterizas, hidráulicas, hidráulicas, ambientales, turísticas, sanitarias, ferroviarias, ferroviarias en todas sus modalidades, energéticas, portuarias, aeroportuarias y aquellas que por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, sean consideradas prioritarias y/o estratégicas para el desarrollo nacional”.

Por lo tanto, aunque no se mencionan los megaproyectos del gobierno federal, estarían todos incluidos: el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, el Tren Maya, la Refinería Dos Bocas y el Corredor Transísmico.

Con la calificación establecida en el acuerdo presidencial, se ordenó a todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal actuar por la vía rápida y “otorgar autorización provisional para la presentación y/u obtención de los dictámenes, permisos o licencias necesarios para iniciar los proyectos o obras a que se refiere el artículo anterior, y con ello garantizar su oportuna ejecución.

El plazo para entregar estas autorizaciones -se fijó- sería de “un máximo de cinco días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud correspondiente. Transcurrido dicho plazo sin que medie autorización provisional expresa, se tendrá por resuelta positivamente”.

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Fuente:

Diario de México

El cargo Juez ordena suspensión definitiva del “decreto” de AMLO para eludir permisos para sus proyectos apareció por primera vez en Diario de México.



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