El Tribunal de Justicia de la CEDEAO ha condenado al Gobierno togolés a pagar una indemnización de cinco millones de francos CFA a su ciudadano Kessei Menveinoyou por la violación de sus derechos fundamentales.
Al dictar sentencia, el tribunal sostuvo que Togo violó el derecho de Menveinoyou a una apelación justa y oportuna en virtud del artículo 7(1) de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.
El panel de tres miembros del tribunal, presidido por su presidente, el juez Ricardo Gonçalves y presentado por el juez Edward Asante, sostuvo que Togo tenía la obligación de defender los derechos de sus ciudadanos a un juicio justo.
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Según el tribunal, la República de Togo es parte de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y tiene toda la obligación legal de cumplir con las disposiciones de la carta.
«El hecho de que las autoridades judiciales togolesas no transmitieran la apelación del demandante al tribunal de apelación correspondiente violó su derecho a un juicio justo en un plazo razonable», afirmó el tribunal.
El Tribunal Comunitario también desestimó la excepción preliminar de Togo de que el tribunal carecía de competencia para conocer de la demanda.
El juez Asante sostuvo que los casos de presuntas violaciones de instrumentos fundamentales de derechos humanos eran de su competencia y eran vinculantes para todos los estados miembros de la CEDEAO.
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Por lo tanto, el tribunal condenó a la República Togolesa a pagar a Menveinoyou cinco millones de francos CFA en concepto de indemnización por daños y perjuicios.
También ordenó al gobierno togolés que tomara las medidas legales o administrativas necesarias para acelerar el procesamiento y la audiencia de la apelación de Menveinoyou ante el tribunal nacional correspondiente.
Cabe recordar que Menveinoyou, conductor residente en Lomé, había interpuesto una demanda laboral contra el Ministerio de Sanidad togolés ante un tribunal laboral de Lomé en 2015.
Posteriormente, el Tribunal Laboral dictó sentencia a favor del Ministerio, tras lo cual presentó un recurso de apelación contra la sentencia en 2016.
Menveinoyou afirmó en la apelación que el Secretario del Tribunal Laboral no transmitió su apelación al tribunal de apelaciones correspondiente para su audiencia.
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Según él, la negligencia del Registrador provocó un retraso injustificado de unos ocho años.
Sostuvo en su presentación ante el tribunal de la CEDEAO que la inacción del Secretario contravenía su derecho fundamental a que su apelación fuera vista en un plazo razonable.
En respuesta, el gobierno togolés objetó la jurisdicción del Tribunal de la CEDEAO, argumentando que el asunto entraba dentro del marco legal interno de Togo.
La Agencia de Noticias de Nigeria (NAN) informa que el panel también tenía como miembro al juez Gberi-Bè Ouattara.