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La corte de Singapur ordena al padre que no influya en las vacunas Covid-19 de las hijas nacidas en India

La corte de Singapur ordena al padre que no influya en las vacunas Covid-19 de las hijas nacidas en India

Un tribunal de Singapur ordenó al padre de dos niñas indias de 7 y 13 años que no influya en sus puntos de vista sobre la seguridad de las vacunas contra el covid-19, informaron los medios el sábado.

La orden se produjo con la desestimación por parte del tribunal de la solicitud del padre para prohibir que su esposa vacunara a sus hijas sin su consentimiento.

La pareja se encuentra en medio de un proceso de divorcio, según los fundamentos de la decisión del 14 de febrero que Channel News Asia citó como obtenida el miércoles.

Las dos hijas son ciudadanas indias que estaban en Singapur con pases de estudiante. El padre había cancelado unilateralmente los pases de las niñas para permanecer en Singapur después de que su esposa le entregó los documentos de divorcio.

El informe no identificó a la pareja y tampoco nombró a los niños.

El juez señaló que el padre tiene una condición médica asintomática.

Según las presentaciones del padre, sopesó los pros y los contras de recibir la vacuna Covid-19 y optó por «errar por el lado de la precaución».

El hombre dijo que no estaba en contra de las vacunas en general y que sus hijas habían recibido todas las vacunas infantiles obligatorias requeridas en la India.

“Esto demuestra que cualquier preocupación médica sobre la vacunación solo se relaciona con el padre mismo y no con los niños”, dijo el juez citado por Channel.

“Si bien es comprensible la preocupación del padre por la sobrevacunación, esto no tiene una relación material con la vacunación de los niños, ya que no tienen condiciones de salud conocidas”, dijo el juez.

El juez determinó que el padre no dio “ninguna razón legítima” para objetar las vacunas contra el covid-19 y no estuvo de acuerdo con que la medida cautelar que el hombre buscaba fuera en interés de sus hijos.

Al señalar que la consideración primordial era el bienestar de los niños, el juez determinó que la vacunación era beneficiosa y en interés de las dos niñas.

El juez también tuvo en cuenta el testimonio de la madre de que las opiniones de la niña sobre la vacunación parecían haber sido «influenciadas significativamente».

El juez estuvo de acuerdo con la madre en una orden adicional para “garantizar que el padre no intente influir indebidamente en las opiniones de la hija sobre la vacunación”.

Se ordenó al padre que “no les diga ni sugiera a los niños, directa o indirectamente, que las vacunas no se han probado, son inseguras, ineficaces o que corren un riesgo particular por las vacunas”.

Se le prohibió permitir que cualquier otra persona tuviera tal discusión o hiciera tal sugerencia a sus hijas, ya sea directa o indirectamente.

También se le ordenó “no mostrar a los niños películas, sitios de redes sociales, sitios web, otra información en línea, literatura o cualquier otro material que cuestione la seguridad o eficacia de las vacunas, o permita que otra persona lo haga”.

“En general, no puedo ver cómo la vacunación de los niños es un deseo egoísta por parte de la madre”, dijo el juez.

“En cambio, parece más probable que la oposición del padre a la vacunación sea el resultado de su propio deseo de no renovar los pases de los niños para que él y/o los niños no tengan más remedio que abandonar la jurisdicción”, citó el Canal. el juez como diciendo.



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Written by Redacción NM

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