El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó el jueves que los viajeros cuyos paquetes de vacaciones se vieron afectados por las medidas para combatir la pandemia de COVID-19 pueden tener derecho a una reducción en el precio del viaje.
El fallo de los jueces significa que otros turistas podrían presionar para obtener reembolsos si sus viajes se interrumpieran y no se brindara el servicio debido a las medidas de la pandemia.
¿De qué se trató el caso?
Dos viajeros alemanes compraron un paquete de vacaciones de dos semanas en Gran Canaria a partir del 13 de marzo de 2020 de un agente de viajes alemán.
La pareja solicitó una rebaja del 70% del precio por las restricciones que se impusieron en la isla el 15 de marzo de 2020, así como su regreso anticipado.
Las playas fueron cerradas y las autoridades españolas impusieron un toque de queda, lo que significa que los turistas solo podían salir de sus habitaciones de hotel para comer.
El hotel prohibió el acceso a las piscinas y hamacas y paralizó su habitual programa de animación.
Unos días después, los dos viajeros fueron informados de que deberían estar listos para abandonar la isla en cualquier momento. Dos días después, tuvieron que regresar a Alemania.
El agente de viajes se negó a otorgarles una reducción de precio, diciendo que no podía ser considerado responsable por un «riesgo de vida general».
Después de que la pareja demandó al organizador, el Tribunal Regional de Munich solicitó al TJUE que interpretara la directiva de la UE sobre viajes combinados.
Responsabilidad estricta del organizador
La directiva sobre viajes combinados establece una responsabilidad objetiva por parte del agente. Los viajeros tienen derecho a una reducción de precio adecuada para cualquier período durante el cual hubo una «falta de conformidad», a menos que los cambios sean atribuibles al viajero.
«La causa de la falta de conformidad de los servicios de viaje y, en particular, si es imputable al organizador, es irrelevante», dice la sentencia.
“Está exento de esa responsabilidad sólo cuando la falta de ejecución o la mala ejecución de los servicios de viaje sean imputables al viajero, lo que no es el caso aquí”.
El tribunal agregó que no importaba que las autoridades alemanas impusieran restricciones similares donde vivía la pareja.
El tribunal de Munich ahora debe hacer una evaluación de la cantidad de compensación a la que tienen derecho los dos sobre la base de los servicios que normalmente se habrían prestado.
Editado por: Mark Hallam