En resumen
- El TEDH publicó el jueves 8 de octubre una decisión en la que inadmitía la demanda del Mar Menor contra España relacionada con el acceso a la justicia.
- El dictamen concluye que «la solicitud debe desestimarse por ser incompatible ratione personae con las disposiciones del Convenio de conformidad con el artículo 35, apartados 3 y 4».
- El Mar Menor se convirtió en 2022 en el primer ecosistema europeo con personalidad jurídica.
- Hay 14 procesos judiciales en España en los que el Mar Menor está personado como acusación particular a través de AMARME y otros grupos ecologistas.
- El TEDH señala que la laguna no puede considerarse víctima al amparo del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) aclaró esta semana que su decisión del jueves 8 de octubre, en la que inadmitió la demanda del Mar Menor contra España, no avala la personalidad jurídica ecológica de la laguna. El tribunal con sede en Estrasburgo sostiene que este espacio natural no puede considerarse víctima al amparo del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
¿Qué ha aclarado el TEDH?
La precisión responde a la interpretación que habían difundido los abogados de la laguna. Estos aseguraban que la resolución identificaba expresamente al Mar Menor como «legal ecological person» (personalidad jurídica ecológica) y defendían que la demanda no se había inadmitido por considerar que el espacio natural no era una entidad apropiada para el tribunal. Desde Estrasburgo señalan que esa terminología se refiere únicamente a la forma en que el demandante se define a sí mismo y que el tribunal no hace suya esa definición.
El dictamen concluye que «la solicitud debe desestimarse por ser incompatible ratione personae [por razón de la persona] con las disposiciones del Convenio de conformidad con el artículo 35, apartados 3 y 4». El TEDH añade que la laguna no puede considerarse víctima al amparo del Convenio Europeo de Derechos Humanos, al no tratarse de una persona ni de un grupo de personas.
¿Por qué llegó el caso a Estrasburgo?
El Mar Menor se convirtió en 2022 en el primer ecosistema europeo con personalidad jurídica, una figura que otorga derechos propios a la naturaleza, como los tienen las personas o las empresas. Sus representantes acudieron al TEDH después de que la Audiencia Provincial de Murcia rechazase que la asociación ambiental Alianza Mar Menor (AMARME) interviniera en un proceso judicial como parte afectada en nombre de la laguna. La Audiencia concluyó que la organización no tenía legitimación como acusación particular y que esa representación debía canalizarse a través del comité de representantes del Mar Menor, que entonces no se había constituido.
¿Qué decidió el tribunal el 8 de octubre?
El TEDH publicó el jueves 8 de octubre una decisión en la que inadmitía la demanda del Mar Menor contra España relacionada con el acceso a la justicia. El dictamen especifica que el alcance del examen del Tribunal se limita a esa cuestión procesal, la planteada por la Audiencia Provincial de Murcia. Aun así, la resolución resulta más negativa para los intereses de la laguna de lo que sostienen sus abogados, porque los jueces de Estrasburgo sí indican que el espacio natural no puede ser considerado víctima.
¿Qué ocurre ahora en los tribunales españoles?
De forma posterior sí se ha permitido a organizaciones ambientales representar al Mar Menor como víctima en España. Hay 14 procesos judiciales en los que la laguna está personada como acusación particular a través de AMARME y otros grupos ecologistas, tal y como permite el artículo 6 de la ley que otorga derechos propios al Mar Menor. La figura jurídica del Mar Menor convive en España con otras fórmulas de protección de espacios naturales, como la que ampara los bosques maduros más excepcionales del país, en Aigüestortes.
¿Qué dicen los abogados de la laguna?
Sergio Marco, abogado de la laguna y uno de los juristas de la Universidad de Murcia que han contribuido a que el ecosistema tenga derechos propios, mantiene su interpretación de la resolución. Sostiene que el dictamen del TEDH entra a analizar la reclamación presentada en nombre del Mar Menor y que, en la práctica, responde a un espacio natural. «El Tribunal podría haber despachado la reclamación con una línea especificando que no cumplía los criterios de representación, pero no ha hecho esto, sino que ha contestado a un espacio natural», argumenta.
Preguntas frecuentes
¿Qué ha decidido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el Mar Menor?
El TEDH inadmitió el 8 de octubre la demanda del Mar Menor contra España por acceso a la justicia y aclaró que su resolución no avala la personalidad jurídica ecológica de la laguna.
¿Por qué no puede el Mar Menor ser considerado víctima ante el TEDH?
Según el tribunal, no es una persona ni un grupo de personas, por lo que la solicitud es incompatible ratione personae con el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
¿Desde cuándo tiene el Mar Menor personalidad jurídica?
Desde 2022, cuando se convirtió en el primer ecosistema europeo con personalidad jurídica, una figura que otorga derechos propios a la naturaleza.
¿Puede el Mar Menor seguir personándose en tribunales españoles?
Sí. Hay 14 procesos judiciales en los que la laguna está personada como acusación particular a través de AMARME y otros grupos ecologistas, conforme al artículo 6 de la ley que le otorga derechos propios.
Con información de feeds.elpais.com.
Imagen de referencia, no corresponde a los hechos narrados. Business Technology — Maliha Mannan / Wikimedia Commons (CC0 1.0)












